Plazo Justificación de la no emisión del voto
PlusDetalles y multas

El plazo para realizar las justificaciones de la Elección Nacional y Segunda Elección, es desde el 26 de noviembre y hasta el 26 de diciembre. Las personas que por motivos fundados no puedan votar, podrán justificar su incumplimiento ante la Junta Electoral donde radique su inscripción o en la que le corresponda según su residencia.
Serán causales fundadas para no cumplir con la obligación de votar, siempre que se comprueben fehacientemente:
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Anailen Nassif Gopar
Autor en Uruguay 30 · Comparte noticias y análisis sobre el departamento de Colonia.
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